Tierra en venta en Espinho
Paramos























47 500 €
550 m²
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NC
Descripción
Terreno urbanizable en venta por 47.500€
Parcela apta para construcción situada en la parroquia de Paramos, municipio de Espinho, muy cerca de la laguna de Paramos y Barrinha de Esmoriz.
Con una superficie total de 550m² y una fachada de unos 20m, este terreno permite la construcción de una vivienda unifamiliar de una o dos plantas.
Está ubicado en una zona residencial cerca de los principales accesos, comercios y servicios, y a solo 2,5 km de la playa de Paramos.
Según el Plan Director Municipal de Espinho, está clasificado como:
« Espacios urbanos de baja densidad
Artículo 56
Identificación
1- Los espacios urbanos de baja densidad comprenden zonas urbanas de origen rural, en su mayoría no resultantes de operaciones de parcelación, y cuyo tamaño de parcela permite normalmente la existencia de un patio vinculado a la actividad agrícola. Se caracterizan por viviendas unifamiliares de 1 o 2 plantas, con el edificio principal generalmente ubicado junto a la vía pública y sin predominio de vallas o fachadas continuas, pero que, en conjunto, crean relaciones de vecindad propias de núcleos urbanos dotados de los equipamientos, comercios y servicios necesarios.
2- En estos espacios el uso dominante es residencial, permitiéndose complementariamente usos comerciales, de servicios, turísticos y de equipamientos, incluyendo zonas verdes públicas o privadas y otros usos compatibles con la función residencial.
Artículo 57
Régimen de edificabilidad
1- En la ampliación o construcción de nuevos edificios, deben cumplirse los siguientes parámetros urbanísticos:
a) Las nuevas construcciones solo pueden ubicarse en la franja de 50 metros junto a la vía pública, salvo los anexos del edificio principal, que no pueden tener una superficie cubierta superior a 80m²;
b) Correcta relación con los edificios vecinos preexistentes;
c) Cumplimiento de la altura de fachada típica de la manzana urbana correspondiente;
d) En caso de construcciones adosadas, cumplimiento de los planos de vallado o fachada dominantes de la manzana urbana respectiva, sin perjuicio de los nuevos establecidos por el Ayuntamiento;
e) Respeto por la tipología constructiva dominante de la fachada urbana donde se integra la parcela;
f) Índice máximo de impermeabilización del suelo del 60%;
g) En edificios de viviendas colectivas, el número de viviendas por edificio no puede superar 6.
2- Se exceptúan de la letra c) anterior las situaciones de relleno, en las que las nuevas construcciones o ampliaciones respetarán los planos de vallado o fachada de los edificios contiguos y establecerán la articulación volumétrica.
3- En casos en los que no exista una altura de fachada típica o se abran nuevas calles, las nuevas construcciones deberán cumplir los siguientes parámetros:
a) Altura máxima de fachada de 3 plantas o 11 metros;
b) Índice de utilización no superior a 0,80;
c) Índice máximo de impermeabilización del suelo del 65%. »
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Detalles
Detalles energéticos

Mapa
